VENTAJAS

VENTAJAS DE CONTAR CON UN PROGRAMA DE COMPLIANCE


Entre las ventajas de contar con un Programa de Compliance cabe destacar:


PROMUEVE LA DIFUSIÓN EN LA COMPAÑÍA DE VALORES ÉTICOS

La implementación de un Programa de Integridad fomenta los valores de una corporación puesto que implica impartir desde la cima (tone at the top) valores tales como la transparencia, la legalidad y la buena fe con el objeto de alcanzar la consolidación de una cultura de cumplimiento del derecho.

MEJORA LA REPUTACIÓN DE LA EMPRESA Y, PARALELAMENTE, SU COMPETITIVIDAD

Un Programa de cumplimiento normativo mejora la imagen y reputación de la empresa y reduce los riesgos de que pueda verse comprometida en una investigación penal, ahorrándole ingentes costos de sanciones administrativas o penales y manteniendo a su vez el buen nombre de la empresa ante el público en general. Esto la coloca en una situación de mayor competitividad en el mercado, considerando, además, que cada vez con mayor frecuencia el programa de integridad se presenta como un requisito sine qua non para alcanzar cualquier asociación comercial u obtener financiación.

PERMITE EL DESLINDE DE COMPETENCIAS Y LIMITA LAS RESPONSABILIDADES

La implementación del programa identifica ex ante el riesgo potencial y el deber de vigilancia de cada uno de los departamentos que integran la corporación, según su propio organigrama. Ya no todos responden por todo, sino que cada persona responde por aquello que, según los procedimientos internos, le compete. De esta manera se protege la confianza de los directivos de las empresas en que cada uno vele por la juridicidad de su propio ámbito de actuación.

RESULTA CONDICIÓN NECESARIA PARA CONTRATAR CON EL ESTADO NACIONAL

De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 27.401, la existencia de un programa de integridad adecuado será condición necesaria para poder contratar con el Estado Nacional, respecto de contratos que, según la normativa vigente, por su monto, deban ser aprobados por la autoridad competente con rango no menor a Ministro (inc. a); y se encuentren comprendidos en el artículo 4° del decreto delegado N° 1023/01 y/o regidos por las leyes 13.064, 17.520, 27.328 y los contratos de concesión o licencia de servicios públicos (inc. b). Para las empresas pues dedicadas a la obra pública, los programas de cumplimiento ya no son una opción.

BRINDA MAYOR SEGURIDAD A LOS NEGOCIOS Y A LAS RELACIONES COMERCIALES CON TERCEROS

Un programa de cumplimiento normativo disminuye la incertidumbre en las transacciones comerciales y neutraliza, mediante procedimientos de debida diligencia, los riesgos de que terceros puedan comprometer la responsabilidad de la empresa.

REDUCE LOS RIESGOS DE INCURRIR EN UN ILÍCITO PENAL Y EN CONSECUENCIA, PREVIENE LA RESPONSABILIDAD PENAL INDIVIDUAL Y DE LA EMPRESA

Un programa de Compliance minimiza los riesgos de la actividad empresarial al perseguir la detección temprana de irregularidades que podrían acarrear la responsabilidad penal de las personas físicas intervinientes y/o de la persona jurídica.

EN EL MARCO DE UN PROCESO PENAL YA EN TRÁMITE, PERMITE LA ATENUACIÓN Y HASTA LA EXIMICIÓN DE PENA DE LA PERSONA JURÍDICA

Si la persona jurídica demuestra en el contexto de una investigación judicial que se ha comportado como un buen ciudadano corporativo, puede mejorar mucho su situación. Ello porque en el caso de que en la compañía se cometa un hecho ilícito, la existencia de un programa de Compliance corporativo da la posibilidad al juez, al momento de determinar la pena aplicable a la empresa, de valorar positivamente el cumplimiento de reglas y procedimientos internos, la supervisión previa sobre los potenciales autores de los ilícitos y la denuncia espontánea a las autoridades por parte de la persona jurídica como consecuencia de una actividad propia de investigación interna, al punto de alcanzar incluso la eximición de pena.